PREGUNTAS FRECUENTES

¿Que es una MARCA?

Es un signo distintivo que el empresario o comerciante utiliza para que sus productos o servicios puedan ser diferenciados por la clientela respecto de aquellos otros bienes del mismo género que son prestados o comercializados por sus competidores.

¿Cómo se adquiere el derecho de uso exclusivo de una marca?

Mediante su registro en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

¿Qué gano registrando una marca?

El derecho de utilizarla en forma exclusiva. Además, impide que la marca pueda ser registrada por otra persona. Si esto último ocurriese, usted ya no podría utilizarla, aunque hubiese comenzado a hacerlo con anterioridad a la fecha del registro solicitado por el tercero. Si usted persistiese en el uso de la marca, incurría en un ilícito, castigado con sanciones civiles y penales.

¿También puede adquirirse el derecho sobre una marca mediante su uso?

No, el derecho se adquiere con su registro.

¿Dónde se registran las marcas?

En el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

¿Es ilegal utilizar una marca sin haberla registrado?

No, excepto que la marca haya sido registrada por un tercero, en cuyo caso se incurriría en una infracción marcaria, castigada con sanciones civiles y penales.

En síntesis: el registro de una marca no es obligatorio, pero sí recomendable.

¿Es necesario haber utilizado una marca para tener derecho a solicitar su registro?

No es necesario. Por el contrario, es recomendable solicitar su registro antes de comenzar a utilizarla, para evitar que sea apropiada por terceros.

Sin embargo, una vez registrada la marca, se la debe utilizar para evitar su caducidad, que se produce si no se la explota durante al menos cinco años. Además, la marca no explotada no puede ser válidamente renovada.

¿Por qué las marcas se registran por clases?

La oficina nacional ha adoptado un sistema en el cual la totalidad de los productos y servicios están agrupados en 45 clases.

Al registrar una marca en una clase, el titular adquiere el derecho de usar su marca en forma exclusiva con relación a los productos o servicios comprendidos en esa clase.

Por lo tanto, antes de solicitar el registro de una marca se deben identificar las clases que comprenden los productos o servicios respecto de los cuales se desea utilizar la marca.

Para ver la clasificación vigente, haga click aquí.

¿En qué clases conviene registrar una marca?

En todas aquellas que comprendan los productos y servicios sobre los cuales usted desee tener la explotación exclusiva de la marca registrada. Lo que comprenderá, como mínimo, todas aquellas clases que incluyan productos o servicios que preste o comercialice su empresa.

Para ver la clasificación vigente, haga click aquí.

¿Qué se puede registrar como marca?

Todo signo con capacidad distintiva. Por ejemplo, palabras o dibujos.

¿Es recomendable hacer una búsqueda de antecedentes antes de solicitar el registro de una marca?

Sí, porque así podrá comprobar si existen marcas registradas con anterioridad que sean idénticas o similares a la que usted quiere registrar. Si así fuera, evitará hacer una presentación que será finalmente denegada, con la consiguiente pérdida de tiempo y de dinero que esto implica.

¿Quién tienen derecho a solicitar el registro de una marca?

Toda persona con interés legítimo, esto es, todo aquel que tenga la intención real de utilizar la marca, aplicándola a la comercialización de productos o servicios.

Si dos personas solicitan el registro de la misma marca, ¿quién gana?

Quien tenga prioridad, es decir, quien haya solicitado antes su registro.

¿Puede una marca ser solicitada por más de una persona?

Sí. En caso de ser concedida, cada uno de los solicitantes será cotitular de la marca, junto con los demás. La marca quedará sometida, entonces, a un régimen de copropiedad.

¿Qué puedo hacer si alguien ha registrado una marca que yo ya venía utilizando con anterioridad?

En principio, la marca le pertenece a su titular registral. De todos modos, podría solicitarse su nulidad, por vía judicial.

¿Qué es la oposición?

Mediante el planteo de una oposición, cualquier persona con interés legítimo puede formular sus objeciones a una solicitud de registro de marca, paralizando así el trámite de concesión.

¿Puedo oponerme al registro de una marca si ya ha vencido el plazo para hacerlo?

En principio, no. Sin embargo, en los usos administrativos se admite el "llamado de atención", mediante el cual el particular interesado plantea, fuera del término legal, las objeciones que le suscite la marca que se pretende registrar. Este llamado de atención no es vinculante para la autoridad de aplicación, ni paraliza el trámite de registro. Sin embargo, la oficina nacional no puede ignorar una objeción seriamente fundada, por lo cual debe denegar, si cabe, el registro marcario, sin que el solicitante pueda escudarse en la extemporaneidad de la presentación.

Si la oposición paraliza el trámite de registro de la marca, ¿cómo puede lograrse su reanudación?
    Por dos vías:
  • A través de un acuerdo con el oponente, por el cual éste comunica a la oficina nacional su voluntad de desistir de la oposición.
  • A través de una orden judicial, como culminación de un juicio iniciado a través de una demanda de levantamiento de oposición.
¿Esto significa que si solicito el registro de una marca puedo verme envuelto en un juicio?

No. La oposición formulada por un tercero sólo paralizará el trámite de registro. Pero es el solicitante quien decide si judicializará la cuestión, entablando una demanda de levantamiento de oposición. Puede optar, si lo prefiere, por desistir de su solicitud, evitando así involucarse en un pleito. La cuestión queda en sus manos.

Una vez que obtengo el registro de una marca, ¿qué derechos tengo?

Registrada la marca, el titular adquiere el derecho de explotarla en forma exclusiva, con relación a los productos o servicios comprendidos en las clases en las cuales la ha registrado.

¿Cuánto dura el registro de una marca?

El registro es válido por diez años, contados desde la fecha de la concesión de la marca. Para evitar su incorporación al dominio público, es necesario renovar el registro. La marca se puede renovar ilimitadamente, por períodos de diez años.

¿Qué alcance territorial tiene una marca registrada en Argentina?

Otorga a su titular el derecho a utilizar la marca en forma exclusiva en todo el territorio argentino. Por lo tanto:

  • No atribuye derecho alguno fuera del territorio nacional. Si usted desea utilizar la marca en el extranjero, también debe registrarla en el país en el que desee comercializar sus productos o servicios.
  • El registro de una marca en una oficina extranjera no concede derecho alguno para su explotación exclusiva en Argentina. A tal efecto, deberá solicitar el correspondiente registro en la oficina nacional de marcas.

¿Qué puedo hacer si alguien utiliza mi marca sin mi autorización?

La marca está protegida civil y penalmente. El titular puede demandar el cese de uso de la marca. Además, podrá reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que el uso ilícito le haya ocasionado. Finalmente, la ley contempla penas de prisión y multa para los infractores.

Descargo de responsabilidad: esta página tiene una finalidad meramente informativa. No constituye un asesoramiento legal.