Efectos del saneamiento (evicción y vicios ocultos) (IV): responsabilidad civil (III). El enajenante profesional (I) 

  De acuerdo con el art. 1040 del Cód. Civ. y Com.,   [l]a exención de responsabilidad por daños prevista en los incisos a) y b) no puede invocarse por el enajenante que actúa profesionalmente en la actividad a la que corresponde la enajenación […].  Esta norma es una de varias del régimen del saneamiento en las que el legislador …

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