Rescisión unilateral del contrato: el pacto rescisorio
El pacto rescisorio no está regulado, más allá de la escueta referencia del artículo 1077 del Cód. Civ. y Com.: El contrato puede ser extinguido total o parcialmente por la declaración de una de las partes, mediante rescisión unilateral, revocación o resolución, en los casos en que el mismo contrato, o la ley, le atribuyen …
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