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Requisitos de la responsabilidad por vicios ocultos (III). Los vicios redhibitorios. El vicio grave 

La gravedad no es un requisito de los vicios ocultos en general, sino solo de los vicios redhibitorios. Efectivamente, además de los requisitos genéricos (el vicio debe ser oculto y preexistente), los vicios redhibitorios presentan una nota específica que se precisa en el art. 1051, inc. b, según el cual son tales   los defectos que hacen a […]

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Requisitos de la responsabilidad por vicios ocultos (II). Preexistencia del vicio 

De acuerdo con el art. 1051,   [l]a responsabilidad por defectos ocultos se extiende a: a. los defectos no comprendidos en las exclusiones del artículo 1053 […].   A su vez, en este artículo se establece que   [l]a responsabilidad por defectos ocultos no comprende: […] b. los defectos del bien que no existían al tiempo de la

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Requisitos de la responsabilidad por vicios ocultos (I)

1. Sobre los requisitos de la responsabilidad por vicios ocultos, en general El Cód. Civ. y Com. regula las garantías por evicción y vicios ocultos en dos etapas: primero establece las disposiciones comunes y recién después las reglas específicas que corresponden a cada una. Lógicamente, los presupuestos y requisitos incluidos o regulados en la parte general

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Responsabilidad por vicios ocultos: introducción

¿Qué es la responsabilidad por vicios ocultos? Según el art. 1051,   [l]a responsabilidad por defectos ocultos se extiende a:  a. los defectos no comprendidos en las exclusiones del artículo 1053;  b. los vicios redhibitorios, considerándose tales los defectos que hacen a la cosa impropia para su destino por razones estructurales o funcionales, o disminuyen su utilidad

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Efectos de la responsabilidad por evicción (III). Responsabilidad civil

1. Sobre los efectos de la responsabilidad por evicción, en general El Cód. Civ. y Com. regula en sus arts. 1039 y 1040 los efectos de la responsabilidad por saneamiento en general. Estas reglas son aplicables a la responsabilidad por evicción, en principio. Además, el parágrafo de la evicción contiene algunas reglas que, por el principio

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Efectos de la responsabilidad por evicción (I). Saneamiento del título y resolución 

1. Sobre los efectos de la responsabilidad por evicción, en general El Cód. Civ. y Com. regula en sus arts. 1039 y 1040 los efectos de la responsabilidad por saneamiento en general. Estas reglas son aplicables a la responsabilidad por evicción, en principio. Además, el parágrafo de la evicción contiene algunas reglas que, por el principio

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Responsabilidad por evicción: la citación a juicio del garante (I)

      La citación por evicción —o “llamada en garantía”— está prevista en el art. 1046 del Cód. Civ. y Com., que dispone lo siguiente:        Si un tercero demanda al adquirente en un proceso del que pueda resultar la evicción de la cosa, el garante citado a juicio debe comparecer en los términos de la

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Responsabilidad por evicción: la obligación del enajenante de no turbar al adquirente 

1. Introducción  La garantía por saneamiento implica una serie de obligaciones para el garante. Algunas se generan por la mera celebración del contrato cubierto por la garantía, como ocurre con la obligación de no turbar al adquirente. Otras son eventuales, ya que dependen de que se produzca un hecho o una situación posterior, como ocurre con

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Requisitos de la responsabilidad por evicción (VI). La ignorancia inculpable del adquirente 

Al analizar la responsabilidad por saneamiento en general, vimos que el requisito de que el vicio o la limitación fuesen ignorados sin culpa por el adquirente no solo es necesario para que opere el régimen de los vicios ocultos, sino también para que lo haga el de la evicción, tema, este último, que analizaré a

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